Los derechos de los niños y de las niñas

Artículo 16
Ningún niño o niña sufrirá intromisión en su vida privada o familiar. Vuestras cartas y escritos os pertenecen. Tampoco debéis sufrir ataques que dañen vuestra reputación.
Varios niños leyendo, escuchando la radio y viendo la televisión ilustrando el artículo 17: los niños tienen derecho a recibir información de calidad a través de periódicos, libros, radio y televisión.
Artículo 17
Tenéis derecho a recibir información de calidad a través de periódicos, libros, radio y televisión. Los gobiernos alentarán la producción y difusión de libros para la infancia.
Artículo 18
Los Estados respetarán y apoyarán a los padres y a las personas e instituciones que tienen responsabilidades con la infancia y su educación, para garantizar el cumplimiento de vuestros derechos.
Artículo 19
Los Estados tomaran las medidas sociales y educativas para protegeros contra cualquier forma de violencia.
Artículo 20
Los niños y las niñas que temporal o permanentemente, no puedan permanecer en el medio familiar tienen derecho a la protección y cuidados necesarios que aseguren su pleno desarrollo.