- Artículo 11
- No se os podrá trasladar ni mantener en un país extranjero en contra de vuestra voluntad o de la de vuestros padres.
- Artículo 12
- Tenéis derecho a opinar y a que esa opinión, de acuerdo con vuestra edad, sea tenida en cuenta cuando los adultos vayan a tomar una decisión que os afecte.
- Artículo 13
- También tenéis derecho a buscar, recibir y dar todo tipo de información e ideas hablando, escribiendo, pintando o de cualquier otra forma mientras no molestéis u ofendáis a otras personas.
- Artículo 14
- Los Estados respetarán vuestras opiniones, pensamientos y creencias religiosas.
- Artículo 15
- Los Estados reconocen el derecho de los niños, niñas y jóvenes a crear asociaciones, a ser miembros de las mismas y a celebrar reuniones pacíficas mientras no vayan en contra de la libertad y los derechos de otras personas.