Ponencia marco

  1. Presentación.
  2. Antecedentes.
    1. Legislativos.
    2. Cronológicos.
  3. Composición y objetivos de la Red.
  4. Los Planes Integrales de Infancia y Adolescencia en el marco del Área Social.
  5. Desarrollo de los Planes Integrales de Infancia y Adolescencia.
    1. Principios básicos de los Planes.
    2. Ámbitos de actuación y frentes de entrada.
  6. Bases para el desarrollo de actitudes y comportamientos participativos.
    1. Criterios de participación
    2. El proceso de participación
    3. Grados de participación
    4. Proceso de desarrollo participativo de los Planes de Infancia
  7. Los mecanismos de información como paso previo a la creación de estructuras de participación en los municipios.

Presentación

La Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y Adolescencia es un consorcio legalizado de municipios que se agrupan en función de dos ejes principales :

  1. La concepción del niño/a como sujeto de pleno derecho en el marco de la Convención de los Derechos de la Infancia de 1989. Esto indica una concepción del niño y de la niña como sujetos activos de la transformación de sus ciudades, no han de ser receptores pasivos de la protección de los adultos, sino que han de ser considerados como agentes imprescindibles en el camino hacia la profundización de la democracia participativa. Como cualquier otro colectivo, han de recibir por parte de las instituciones, una clara respuesta a sus demandas y esas han de exigirles el cumplimiento de sus deberes hacia la sociedad. Es importante que cada sujeto infantil, coloque junto a su demanda, el compromiso que adquiere para ayudar a su consecución o mantenimiento de forma que se entrenen en una experiencia democrática que alcance una concepción del municipio como algo que construimos entre todos y no sólo los representantes políticos.
  2. La concepción del sujeto como un todo integral, no fragmentado. Consideramos que hemos de romper con las políticas municipales que actúan como compartimentos estancos y que no tienen en cuenta las demandas de la infancia. Un primer paso, pero no el único, ha de ser el establecer las coordinaciones oportunas entre las diferentes concejalías de un Ayuntamiento, pero consideramos que las políticas municipales para la Infancia han de ser integrales, esto es, han de partir de las demandas y necesidades de los colectivos implicados (niños y niñas, asociaciones infanto-juveniles, AMPAS, profesores, técnicos diversos). A partir de estas demandas se elabora cada PLAN INTEGRAL DE INFANCIA y desde ahí se reparten las áreas que ha de trabajar cada departamento o concejalía.

Esta forma de actuar se repite en todos los municipios que integramos la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia.

Siguiendo a Esperanza Ochaita, pensamos poder afirmar que:

en el desarrollo de los niños, son igualmente necesarios el bienestar y la salud físicas como la autonomía, siempre que entendamos autonomía de forma amplia como la necesidad que tienen los niños de ir construyendo de manera activa su propio desarrollo como sujetos humanos. Entendido dentro de este contexto teórico, el derecho a la participación del niño en los diferentes escenarios en que se desarrolla su vida no debe tener limitaciones de edad.

Teniendo en cuenta todo lo anteriormente enunciado, podemos rastrear diferentes antecedentes legislativos que sientan las bases para la creación de nuestra Red.

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Antecedentes

Legislativos
La Convención de los Derechos del Niño de NN.UU (1989)

Las Naciones Unidas cuando tratan sobre Derechos Humanos, actúan mediante dos fases o tiempos:

  1. La Declaración. Es el anuncio de derechos futuros. En la declaración se habla en condicional, se dice lo que habría de ser.
  2. La Convención.Es un texto jurídico vinculante, es decir que obliga a los países firmantes. El no cumplirla supone denuncia. El tono de la convención es imperativo.

En el caso de los Derechos de la Infancia se elaboran dos Declaraciones y la Convención:

Por tanto, el cumplimiento de todo el texto de la Convención es obligatorio en nuestro país, ya que es país signatario desde el 31 de dic iembre de 1990. No estamos hablando de jugar a la democracia sino de participar en democracia, obligados por los siguientes artículos de la Convención (CDN) que hacen referencia explícita a la Participación Infantil.

Artículo 12 Libertad de opinión. Derecho de niño y niñas a ser oídos.
  1. Los Estados Partes en la presente Convención garantizarán al niño y la niña, que esté en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño y la niña, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del menor, en función de la edad y madurez del mismo.
  2. Con tal fin, se dará en particular al niño y la niña oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al menor, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, de conformidad con las normas de procedimiento de la ley nacional.
Artículo 13 Libertad de expresión.
  1. El niño y la niña tendrá derecho a la libertad de expresión, ese desarrollo incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el menor.
  2. El ejercicio de tal derecho podrá estar sujeto a ciertas restricciones, que serán únicamente las que la ley prevea y sean necesarias:
    1. Para el respeto de los derechos o la reputación de los demás, o
    2. Para la protección de la seguridad nacional o el orden público o para proteger la salud o la moral públicas.
Artículo 14 Libertad de pensamiento
  1. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño y la niña a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
  2. Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los tutores, de impartir dirección al niño y la niña en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades.
  3. La libertad de manifestar su religión o sus creencias sólo podrá ser objeto de las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos y libertades fundamentales de terceros.
Artículo 15 Libertad de asociación
  1. Los Estados Partes reconocen los derechos de la infancia a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas.
  2. No se impondrán restricciones al ejercicio de estos derechos distintas de las establecidas en conformidad con la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional o pública, el orden público, la protección de la salud y la moral públicas o la protección de los derechos y libertades de terceros.

Esta necesidad universal de autonomía que recoge la Convención (CDN) ha inspirado en España la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor que recoge en la "exposición de motivos" el siguiente texto:

El conocimiento científico actual nos permite concluir que no existe una diferencia tajante entre las necesidades de protección u las necesidades relacionadas con la autonomía del sujeto, sino que la mejor forma de garantía social y jurídicamente la protección a los niños es promover su autonomía como sujetos. De esta manera podrán ir construyendo progresivamente una percepción de control acerca de su situación personal y de su proyección de futuro. Este es el punto crítico de todos los sistemas de protección a la infancia en la actualidad. Y, por lo tanto, es el reto de todos los ordenamientos jurídicos y los dispositivos de protección a las personas menores de edad. Esta es la concepción del sujeto sobre la que descanse la presente Ley: las necesidades de los menores como eje de sus derechos y de su protección.

El Consejo de Europa ha desarrollado desde el año 1991 un PROYECTO DE POLÍTICAS DE INFANCIA. El grupo de trabajo que hacía referencia a la "Participación de los niños en la vida familiar y social" estudió en profundidad este tema.

El citado grupo de trabajo del Consejo de Europa organizó en Madrid, en diciembre de 1994, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Sociales de España una Conferencia para celebrar el "Año internacional de la familia". La Conferencia "Evolución del papel de los niños en la vida familiar: participación y negociación" abordó en profundidad el tema de la participación de los niños y niñas en la familia. Además asistieron y participaron en la conferencia un total de 60 niños, niñas y jóvenes que analizaron el tema de dos maneras: por un lado trabajaron con sus iguales en grupos de trabajo infantiles y, por otro, participaron en los grupos de trabajo de adultos.

La conferencia trató el tema de la participación desde la filosofía del derecho de los niños a participar en el contexto familiar y a ser educados para la comunicación y el dialogo. Puso de manifiesto la importancia del medio familiar en el aprendizaje de la democracia y el dialogo.

Los Niveles de Participación que surgieron de esta Conferencia nos sirven para definir el PROCESO DE PARTICIPACIÓN que figura en el apartado 6 de esta PONENCIA.

La Carta Europea de los Derechos del Niño, publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas con fecha 8 de julio de 1992, en forma de resolución.

Esta Carta, en forma de Resolución, solicita a los Estados miembros de la Comunidad Europea que se adhieran "sin reservas" a la Convención (CDN) y que nombren defensores de los niños que estén habilitados con carácter nacional. Opina, sin embargo, que los niños sufren en la Comunidad unos problemas específicos y cree que éstos se verán particularmente afectados por ciertos fenómenos derivados del proceso de integración europea y por la realización del Mercado Interior.

La Ley de Consejos Sectoriales y otras legislaciones autonómicas, la Comunidad Autónoma de Madrid, (Ley 18/1999) pretende legislar la Participación de los niños y niñas , mediante la creación de Consejos de Infancia en los ámbitos locales y autonómicos.

Antecedentes en los municipios
EL DESARROLLO DE LAS AREAS DE INFANCIA EN LOS MUNICIPIOS

Con la llegada de los Ayuntamientos Democráticos, se van consolidando las políticas sectoriales que puedan atender a los sectores más desfavorecidos. En este marco se crean las Concejalías de Juventud y Mujer.

La Convención de los Derechos del Niño centra la atención en él como sujeto de Pleno Derecho y acentúa las políticas que potencian la autonomía en el niño y la niña, poniéndolas al mismo nivel que las políticas protectoras de la Infancia.

Hasta entonces, en los municipios se atendía al niño y a la niña como educandos (Concejalías de Educación) o como sujetos a proteger (Servicios Sociales).

Toda esta situación, junto al encuentro de Alcaldes defensores de los niños que organiza UNICEF en Pamplona, lleva a que en junio de 1996, diferentes municipios se encuentren en Alcorcón (Madrid) y perfilen lo que habría de ser una concepción del niño y la niña como sujetos no fragmentados, y se plantea la necesidad de crear PLANES INTEGRALES que determinen una actuación conjunta por parte de diferentes concejalías en cada ayuntamiento, lo cual llevó a la creación de AREAS DE INFANCIA en cada ayuntamiento.

El consorcio, además de tener un funcionamiento legal similar al de un ayuntamiento, está regido por unos estatutos que marcan la obligatoriedad de trabajar con los siguientes objetivos.

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Composición y Objetivos de la Red.

En síntesis, podemos afirmar que la Red se constituye para cumplir los Objetivos que se contemplan en sus Estatutos y considera a la participación Infantil como eje transversal de todas sus actuaciones. Estos Objetivos son los siguientes:

Objetivos
  1. Promover acciones que favorezcan la conciencia social hacia la promoción y defensa de los derechos de la Infancia y Adolescencia.
  2. Plantear en sus principios políticas integrales que se plasmen en Planes abordando las necesidades de niños y adolescentes a través de una atención generalista y priorizando acciones preventivas.
  3. Discriminar positivamente a la Infancia en dificultad para compensar los factores que le sitúan en desventaja.
  4. Favorecer el movimiento asociativo y apoyar a organizaciones no gubernamentales que tienen como objeto la promoción de derechos y deberes de los niños y niñas.
  5. Vigilar la protección a la intimidad de la Infancia y Adolescencia en medios de comunicación, invitándoles a promover valores éticos y de solidaridad, evitando mensajes de violencia y discriminación.
  6. Apoyar acciones y modelos no sexistas que favorezcan la igualdad entre hombres y mujeres en la sociedad y esta sea una realidad en la sociedad y en la familia.
  7. § Denunciar las acciones que vayan en contra de los puntos recogidos con anterioridad y que atenten contra los derechos de la Infancia y Adolescencia.
  8. Cómo último objetivo nos planteamos la necesidad de trabajar y promover las formas de Participación Infantil que respeten los criterios que enunciamos en el apartado Modelos de Participación, de forma que se de una participación real y no se promuevan las maneras de manipulación en la Participación Infantil por parte de los adultos.

De entre todos los objetivos, cuando hablamos de participación de la Infancia conviene destacar uno:

Plantear en sus principios políticas integrales que se plasmen en Planes, abordando las necesidades de niños/as y adolescentes a través de una acción generalista y priorizando acciones de promoción y prevención.

Composición

En Noviembre de 2000 la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia estaba compuesta por los siguientes ayuntamientos:

  1. Alcázar de San Juan (Ciudad Real)
  2. Alcobendas (Madrid)
  3. Alcorcón (Madrid)
  4. Algete (Madrid)
  5. Andújar (Jaén)
  6. Arganda (Madrid)
  7. Coslada (Madrid)
  8. Daimiel (Ciudad Real)
  9. Fuenlabrada (Madrid)
  10. Getafe (Madrid)
  11. Huelva
  12. Lasarte-Oria (Guipúzcoa)
  13. Leganés (Madrid)
  14. Málaga
  15. Marmolejo (Jaén)
  16. Mejorada del Campo (Madrid)
  17. Móstoles (Madrid)
  18. Parla (Madrid)
  19. Pinto (Madrid)
  20. Rivas Vaciamadrid (Madrid)
  21. S. Fernando de Henares (Madrid)
  22. S. Sebastián de los Reyes (Madrid)
  23. Valdepeñas (Ciudad Real)
  24. Vall D´Uixo (Castellón de la Plana)
  25. Velilla de San Antonio (Madrid)
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Los Planes Integrales de Infancia y Adolescencia en el marco del Área Social.

Son ya muchos los ayuntamientos que, con el ánimo de racionalizar las políticas sociales en los municipios, han creado formas de organización que bajo la denominación de Area Social, Bienestar Social, Política Social, o cualquier otra denominación, agrupan en acciones comunes a diferentes Concejalías de las denominadas Sociales.

En lo que respecta al ámbito organizativo, podemos afirmar que el Area Social, trabaja sobre tres ejes:

  1. La DESCENTRALIZACIÓN de las políticas sociales, acercándolas al ciudadano mediante la creación de estructuras de barrio (Centros Cívicos).
  2. La elaboración de PLANES que atiendan a los sectores de población más desfavorecidos (Infancia, Juventud, Mujer y Mayores). La aplicación de estos Planes es llevada a cabo por los técnicos de las diferentes Concejalías Temáticas (Educación, Deportes, Salud, Cultura, Empleo y Servicios Sociales).
  3. La PARTICIPACIÓN estableciendo las estructuras tanto sectoriales como de barrio que representen a los ciudadanos afectados o interesados en cada aspecto.

Consideramos como muy positivo el conseguir la implicación de todas las Concejalías en las políticas integrales de infancia, pues supone una disponibilidad de diferentes recursos intersectoriales en el ámbito político y pluridisciplinares en el ámbito técnico. La creación de órganos ajenos a las estructuras políticas y técnicas ( la creación de algunos "Laboratorios") de la administración local supone una labor de tutelaje que sería debatible.

Criterios para elaborar cada uno de los Planes

Los Planes Integrales se han elaborado con los siguientes criterios:

  1. CRITERIO DE GLOBALIDAD que supone el que cada Concejalía o cada Departamento que ha de intervenir en cada Plan se coordina con el resto que tenga algún tipo de intervención en ese Plan.
  2. CRITERIO DE PLANIFICACIÓN. Se trata de que una vez realizadas las Consultas e Investigaciones necesarias, se establece un Plan de actuación y se delimita la intervención de cada Concejalía o Departamento. No se trata sólo de coordinar lo que se está haciendo, si no de ejecutar las acciones que el Plan haya determinado
  3. CRITERIO DE INTEGRALIDAD en el sentido de que ha de entender de todos los aspectos que afecten a la vida cotidiana de cada colectivo o sector de población.
  4. CRITERIO DE RACIONALIDAD con un doble objetivo:
    • Rentabilizarlos recursos existentes mediante una gestión coordinada de los mismos.
    • Evitar las duplicidades y los solapamientos de los programas y actuaciones.
  5. CRITERIO DE EVALUACIÓN cada uno de los Planes ha de examinar la idoneidad de sus acciones hacia los objetivos que pretenden conseguir y de otro lado, se han de actualizar para responder a las nuevas demandas que la ciudadanía ( en nuestro caso los niños) demande. Los Planes, pues, han de apoyarse en herramientas que les permitan conocer de forma cercana las necesidades del sector de población al que se dirigen. A modo de ejemplo se pueden considerar de utilidad los Observatorios Sociales o herramientas similares.
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Desarrollo de los Planes Integrales de Infancia y Adolescencia.

En cada municipio de la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, entidades públicas y privadas realizan actividades que buscan mejorar la vida de este sector de población. El Plan de Infancia y Adolescencia supone un esfuerzo de organización y participación en un doble sentido:

  1. que los ciudadanos, entidades y asociaciones compartan los proyectos dirigidos a niños y adolescentes de nuestro municipio.
  2. que niños y adolescentes participen y sean protagonistas desde el primer momento del diseño y desarrollo de esas actividades.

El Plan se estructura en:

Principios básicos de los Planes de Infancia y Adolescencia

Los Planes de Infancia tienen unas características determinadas que vienen definidas por los siguientes PRINCIPIOS BÁSICOS:

  1. El niño y la niña han de ser entendidos como un todo integral, no fragmentado según necesidades, pues todas se interrelacionan.
  2. El desarrollo y aplicación de cada PLAN ha de contar con la PARTICIPACIÓN ACTIVA de la Infancia, concibiendo al niño/a como SUJETO DE PLENO Derecho, que se dota de sus propias ESTRUCTURAS PARTICIPATIVAS, no imitando las del adulto.
  3. Que haga realidad en cada Municipio el cumplimiento de los DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.
  4. Que eduquen a la Infancia y la Adolescencia en la PARTICIPACIÓN LIBRE.
Ámbitos de actuación y frentes de entrada

Los Planes de Infancia se trabajan desde diferentes FRENTES DE ENTRADA con unos ÁMBITOS DE ACTUACIÓN COMUNES.

Ámbitos de actuación

Se trabajan como una propuesta de Areas de Intervención sobre las que hay de pivotar el Plan de Infancia. Para este fin se editan unos Manifiestos por la Infancia que sirven como documento de debate con los colectivos implicados en el Plan. Estos Manifiestos se elaboran por las Comisiones Técnicas y se aprueban por las Comisiones Políticas. Los ÁMBITOS DE ACTUACIÓN abordados suelen ser: Ciudad y Medio Ambiente, Familia, Escuela, Ocio y Tiempo libre.

En algunos Ayuntamientos se incluyen también como ÁMBITOS DE ACTUACIÓN los de Salud e Infancia en Dificultad Social, pero vamos a enunciar los más comunes que son los citados anteriormente.

Ciudad y Medio Ambiente

Conocer, utilizar, sentir la Ciudad como algo propio, potencia el sentimiento de pertenencia, crea vínculos. La ciudad es el ámbito donde niños/as van a ir conquistado su autonomía.

Desde el Plan habrá que avanzar en un diseño de Ciudad que tenga en cuenta las necesidades y opiniones de los niños/as.

Familia

En la familia se inicia el proceso de socialización del niño/a. En la actualidad esta institución se encuentra sometida a fuertes cambios que no son más que una proyección de cambios sociales, políticos y económicos que se han producido en nuestro país.

Apoyar a los padres y madres en su tarea educativa en esta sociedad del cambio, ayudarles a recuperar su confianza como agentes educativos, a reforzar su papel imprescindible como transmisores de pautas y valores es otro de los objetivos del Plan.

Escuela y Educación

Es el segundo ámbito de socialización del niño/a. El municipio tiene escasas competencias en la dinámica escolar, sin embargo asegurar un puesto escolar adecuado a las necesidades de niños/as y adolescentes, promover acciones que apoyen el desarrollo del curriculum y favorecer el conocimiento del entorno, son tareas que se contemplan desde el Plan de Infancia.

Que el niño/a sea sujeto que interviene en una concepción de Ciudad Educadora.

Ocio y Tiempo libre

El desarrollo social de niños/as y adolescentes supera el ámbito familiar y escolar. El barrio se presenta o no, como propuesta educadora, como un medio donde el niño/a encuentra diferentes respuestas para su uso y disfrute.

Mejorar el barrio para que niños puedan disfrutar de un tiempo lúdico y participativo es un objetivo del Plan.

Frentes de entrada

El Plan de Infancia ha de contar con el apoyo y participación del mayor número de colectivos implicados:

  1. Comisión de Adultos. Con ellos se utilizó el Manifiesto como elemento para encuadrar el debate.
  2. Consulta a la Infancia.
  3. En este apartado se utilizan diferentes frentes de entrada en cada municipio, y en ocasiones, todos a la vez. Como ejemplos podemos citar, la presentación del Plan Integral de cada localidad adaptado a la Infancia, los trabajos previos de conocimiento de las características de la ciudad, la explicación de la Convención (CDN)...etc.
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Bases para el desarrollo de actitudes y comportamientos participativos

La Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y Adolescencia quiere sentar las bases para llegar a una diferenciación clara entre lo que puede ser considerado Participación de la Infancia y Adolescencia y lo que es una manipulación de los sujetos participantes. Por ello hemos consensuado unos mínimos necesarios para que las acciones que se pongan en marcha sean consideradas potenciadoras de la Participación.

Estos mínimos los establecemos en los diferentes apartados de este punto:

  1. Criterios de Participación
  2. Los Niveles de Participación
  3. Grados de Participación
  4. Modelo de Estructura de Participación en los Municipios
Criterios de participación
El proceso de participación

Como elementos a tener en cuenta en todo proceso de Participación Infantil, nos adherimos a los postulados del grupo de trabajo denominado La participación de los niños en la vida familiar y social que el Consejo de Europa, a través del Comité Directivo de Política Social, elaboraron en la Conferencia celebrada en Madrid en diciembre de 1994.

Niveles de participación señalados en la conferencia europea sobre la evolución del papael de los niños y las niñas en la vida familiar: Participación y Negociación (Consejo de Europa, 1994a)

Utilizamos como referencia estos niveles ya que en ellos se contienen los diferentes objetivos a realizar en los PROGRAMAS DE EDUCACION EN PARTICIPACIÓN. Son por tanto los diferentes elementos que ha de contener todo proceso de participación.

Estar informado/da
Todo el mundo necesita información para ser capaz realmente de participar en algo. En el caso del niño y la niña, necesita información en un lenguaje que sea capaz de entender, de acuerdo con su proceso personal de desarrollo. Las ciudades, sin duda, pueden dirigir informaciones específicas a sus niños y niñas, por distintos canales.
Ser escuchado/da
Para que considere la participación como un valor positivo, el niño y la niña tienen que sentir que vale la pena y sirve para algo el hecho de expresar las propias opiniones y deseos. También son necesarias capacidades para el diálogo, por parte de los adultos: su actitud de escucha es básica para animar al niño y la niña a participar activamente.
Ser consultado/da
La participación no solamente se ejercita por iniciativa del niño y la niña. Su opinión debe ser solicitada de manera activa, regular y abierta, con relación a temas que le afecten.
Dialogar decisiones
Un paso adelante en la dirección de la participación responsable consiste en analizar y discutir diferentes opciones y el por qué de las decisiones, razonando por qué algunas posiciones no pueden ser aceptadas, lo que no significa que no se tengan en cuenta.
Negociar y alcanzar consensos en las decisiones
La toma de decisiones puede mostrarse como algo que no depende exclusivamente de algún adulto. A menudo nos encontramos ante situaciones de intereses o de preferencias contrapuestas, y nadie conoce una decisión óptima que haría feliz a todo el mundo. Entonces, todos debemos rebajar nuestras aspiraciones para encontrar un consenso equitativo.
Compartir decisiones
En la vida hay responsabilidades que son colectivas y no es conveniente que las asuma sólo una persona en nombre de todas. Cada uno debe ser consciente de la parte de responsabilidad que le corresponde y participar explícitamente en la toma de la decisión correspondiente. Hay que experimentar cómo se pueden tener en cuenta todas las partes, y cómo se puede negociar y acordar qué es lo mejor para todos.
Aceptar y respetar las decisiones del niño y la niña,
lo que equivale a aceptar que los niños y las niñas pueden asumir determinadas responsabilidades y que no necesariamente están exentos de riesgos. Hay que respetar y ayudar a asumir los errores ajenos; economizar los errores no siempre es lo mejor par aprender de la experiencia. Hay que aceptar la autonomía progresiva de cada persona en distintos aspectos de su vida.
Diferentes grados de participación

Consideramos imprescindible la delimitación clara entre lo que puede ser considerado como participación infantil y aquellas acciones que pueden ser consideradas como MODELOS DE NO PARTICIPACIÓN. Queremos llamar la atención sobre frecuentes acciones que se realizan con la Infancia y que no pretenden mas que buscar el impacto en medios de comunicación, pero que no hacen otra cosa más que utilizar al niño y a la niña, pero no dan la oportunidad de que se expresen libre y autónomamente. A título de ejemplo queremos llamar la atención sobre 3 acciones que no pueden ser consideradas participativas:

Manipulación
Los niños no comprenden de qué se trata y por tanto no comprenden sus propias acciones. Se consulta a los niños pero no se efectúa la devolución de los resultados. Por ejemplo: Llevar pancartas alusivas al impacto de las políticas sociales sobre los niños.
La decoración
Se usa a los niños para una causa determinada como elementos decorativos. Por ejemplo darles una camiseta sobre una causa. Está un peldaño por encima de la manipulación porque los adultos no pretenden hacer que los niños han inspirado la causa.
Participación simbólica
En apariencia se les da la oportunidad de expresarse, pero en realidad tienen poca o ninguna incidencia sobre el tema y poca oportunidad de formular sus propias opiniones. Por ejemplo: Los Planes Infantiles de Ayuntamientos en los que se escoge a unos cuantos niños seleccionados por su encanto, pero sin ninguna representación sobre otros niños
Proceso de desarrollo participativo de los planes de infancia

Si bien las formas concretas varían en cada municipio, lo que exponemos a continuación lo podemos entender como el paradigma de la organización participativa en cada municipio.

Estructura participativa de los planes de infancia
  1. Comisión políticia

    Formada por los Concejales:

    • Presidente: Concejal Delegado del Área Social
    • Vicepresidente: Concejal de Infancia
    • Vocales: Concejales de Deporte, Juventud, Cultura, Salud, Educación, Servicios Sociales y Mujer
  2. Comisión técnica

    Formada por:

    • Técnicos de la Concejalía de Infancia (Coordinador del Plan de Infancia, responsables técnicos de Participación Infantil y Técnicos de Apoyo).
    • Técnicos de otras Concejalías (Educación, Juventud, Salud, Cultura, Centros Cívicos, Observatorio Social y Servicios Sociales).
  3. Comisión de Adultos

    Formada por:

    Secundaria, AMPAS, Asociaciones infanto-juveniles, Adultos expertos y/o motivados.Maestros/as de Escuelas Infantiles, maestros/as de Educación Infantil, Primaria y

  4. Consejo Sectorial de Participación Infantil

    Está formado por los representantes infantiles. Las formas también varían en cada municipio, pero como rasgo común podemos afirmar que es el lugar donde los representantes de los niños/as se expresan libremente sin ninguna instrumentalización o mediación adulta, excepto el/la que vaya a llevar a cabo su labor dinamizadora para que se hagan los planteamientos libremente.

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La puesta en marcha de mecanismos de información como paso previo a la creación de las estructuras estables de participación

Para que el niño/a esté informado, se necesita adecuar la información a las características de la Infancia y la Adolescencia, de forma que ésta sea más fácilmente asimilada.

Con este objetivo se han elaborado diferentes materiales en cada localidad.

A título de ejemplo citamos:

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